Conforme a la ley de Colorado, el director ejecutivo del Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado (CDPHE) tiene la autoridad para cerrar o limitar el acceso a teatros, escuelas y otros lugares públicos. El director ejecutivo también puede prohibir la concurrencia de personas, o puede solicitar el aislamiento o la cuarentena de los individuos cuando sea necesario para proteger la salud pública e investigar y controlar las causas de las enfermedades epidémicas y transmisibles que afectan a la salud pública.
El impacto de una pandemia —como es el caso de la COVID-19— se puede enfrentar mejor limitando la exposición al virus. Esto es imperativo y requiere órdenes de salud pública que limiten las situaciones en las que el virus puede propagarse rápidamente. Al “distanciarnos físicamente” y no generar concurrencias importantes, salvaremos vidas, en particular de los que corren mayor riesgo de padecer una enfermedad grave a causa del virus, como los adultos mayores de 65 años y los que tienen afecciones preexistentes y que no han sido vacunados.
Sí, el director ejecutivo del CDPHE ha emitido órdenes de salud pública para proteger la salud y la seguridad pública contra la propagación de la COVID-19. Conforme a la ley de Colorado, es ilegal que cualquier persona, asociación o compañía viole, desobedezca o ignore intencionalmente las disposiciones de las leyes de salud pública o los términos de esta o cualquier otra orden de salud pública.
- Los gobiernos locales tienen opciones para frenar la propagación del virus y proteger a sus comunidades:
- Los gobiernos locales pueden implementar las directrices de la orden estatal de salud pública.
- Los gobiernos locales pueden tener directrices más estrictas que el estado, incluyendo, pero no limitado a, órdenes de permanecer en casa o medidas de protección adicionales. Ya que el sistema de indicadores del COVID-19 no está vigente, los condados pueden usarlo como modelo para establecer los límites de capacidad.
- Los residentes de Colorado deben seguir las pautas del estado, a menos que su gobierno procure el cumplimiento de órdenes más restrictivas que el estado.
Los habitantes de Colorado deben cumplir la orden de la comunidad en la que están físicamente presentes en ese momento.
Sí. Toda persona, asociación o compañía que viole una orden del estado podrá ser objeto de sanciones civiles y penales. Violar una orden estatal de salud pública es un delito menor y puede ser sancionado con una multa de hasta $1,000 o hasta un año de prisión. Es posible que las personas que violan una orden también sean responsables de ciertos costos de los organismos de salud por la eliminación de la causa de la enfermedad, y se les podría revocar una licencia estatal, como la habilitación de un restaurante, la venta de alcohol o una licencia profesional, sujeto a una acción judicial, como la revocación. Las autoridades de orden público tienen facultades normales para abordar cualquier infracción penal relacionada con una orden. Las sanciones difieren según el condado.
La ley de Colorado exige el cumplimiento de las órdenes ejecutivas y de salud pública, no respetarlas es infringir la ley. Todos debemos hacer nuestra parte para garantizar un buen resultado, y para ello se les solicita a todos los habitantes de Colorado que cumplan con las órdenes voluntariamente.
El CDPHE, los condados y las agencias locales de salud pública tienen la autoridad para administrar y aplicar la orden. El estado recomienda que el orden público local y/o las agencias locales de salud pública, primero se comuniquen con la entidad para ver si hay cumplimiento voluntario. No obstante, los fiscales de los condados o el fiscal del distrito pueden llevar cualquier acción legal civil o penal, siempre que fue solicitado por la directora de salud pública debido al incumplimiento local de una orden. El fiscal de un condado que está representando a una agencia local de salud pública puede buscar obtener una orden de un juez dentro de un tribunal estatal para obligar a una persona o negocio para que tengan que cumplir con esa orden inmediatamente.
El procurador general de Colorado, que representa al CDPHE, puede buscar obtener una orden de un juez dentro de un tribunal estatal para obligar a una persona o negocio para que tengan que cumplir inmediatamente con una orden o, cuando un abogado del distrito puede y está capacitado, puede trabajar con ellos para lograr esto.
Es mandatorio.
No. La Guardia Nacional de Colorado estará ayudando en diferentes áreas como la logística, el transporte y la respuesta médica. La Guardia no estará aplicando esta ley.
De acuerdo a la orden estatal sobre el uso del tapabocas, las personas son requeridas a usar un tapabocas que les cubra la boca y nariz, dentro de ciertos espacios públicos en ambientes cerrados. Estamos pidiendo que todos los habitantes de Colorado cumplan voluntariamente con las órdenes y recomendaciones. Pero, si se niega a usar un tapabocas como es requerido, está infringiendo una ley de Colorado y es sujeto a sanciones civiles y penales. Si intenta entrar en una tienda donde se debe usar un tapabocas, puede ser demandado por entrar ilegalmente.
Los residentes deben contactar a la agencia local de salud pública para reportar cualquier incumplimiento de una orden.